Skip to main content

A principios de 2021 entraba en vigor la nueva normativa de patinetes eléctricos de la DGT, un marco legal que indica por dónde pueden circular estos vehículos, qué características tienen, sus límites de velocidad o qué requisitos hay que cumplir para poder usarlos. Tráfico elaboró una normativa para los patinetes eléctricos tras el aumento del uso de este medio de transporte en todo tipo de ciudades, que hasta la publicación de esta normativa eran las encargadas de regular su circulación.

La normativa de patinetes eléctricos de la DGT nació fruto de la intención del organismo de reducir el número de accidentes en los que se vieron involucrados estos vehículos. Según datos de Fundación Mapfre, en 2020 se registraron más de 100 accidentes con víctimas y con patinetes (24 mas que en 2019) en los que 109 personas sufrieron lesiones leves y graves y 6 perdieron la vida.

Patinetes eléctricos fuera de las aceras

Una de las principales prohibiciones que figuran en la normativa de patinetes eléctricos es la imposibilidad de utilizar estos vehículos en las aceras. Esto ya había sido recogido en la mayoría de regulaciones municipales redactadas antes de la normativa de la DGT. Los patinetes eléctricos tienen entonces una consideración similar a la de cualquier otro vehículo, como las bicicletas, y deben circular por la calzada. Aunque no pueden hacerlo por todo tipo de carreteras: su uso estará prohibido en vías interurbanas, travesías, autovías, autopistas y también en zonas peatonales. El incumplimiento con estas normas acarrea una multa de 200 euros. Además, en los patinetes eléctricos solo podrá circular una persona, de lo contrario, la multa será de 100 euros.

La normativa de los patinetes fija un límite de 25 km/h

La velocidad a la que pueden circular los conocidos como vehículos de movilidad personal, nombre técnico con el que se conocen a los patinetes eléctricos y otros vehículos como los segway, es de 25 km/h. De este modo, la DGT excluye a determinados modelos que se vendían como patinetes, pero que alcanzaban velocidades muy superiores y para los que, por tanto, se necesita un permiso de conducción y matriculación. Por abajo, el límite es de 6 km/h, quedando fuera así los patinetes sin motor que son utilizados como juguetes.

Los patinetes eléctricos necesitarán un certificado para circular

Los patinetes eléctricos no necesitan carné o matrícula, pero para su uso sí será requerido un certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos que se incluirán en el manual de características que es exigido por la DGT. Este certificado será obligatorio a partir de 2023 y deberá ser emitido por el fabricante o por los importadores de estos vehículos, fabricados mayormente en China.

Lo que por el momento no es obligatorio es un seguro para poder usar un patinete, aunque en la hoja de ruta de la DGT está la posibilidad de exigirlo en un futuro, pero eso implicaría modificar también la normativa de los ciclistas, para exigirles igualmente una póliza de responsabilidad civil. Aunque no sea obligatorio el seguro para usar un patinete ya existen compañías aseguradoras que ofrecen pólizas específicas para este tipo de vehículos. Igualmente, pese a que no es necesario tener un carné para conducir un patinete eléctrico, algunas autoescuelas han lanzado programas para enseñar a los usuarios de estos vehículos normas básicas de seguridad vial.

multas patinete electrico

Controles de alcohol y drogas para los usuarios de patinetes

Al ser considerados como vehículos, los usuarios de patinetes eléctricos podrán ser sometidos a controles de alcoholemia o drogas como cualquier otro conductor y como ya sucede con los ciclistas. No cumplir con estas normas puede acarrear con multas que van desde 500 euros y que pueden incluir la retirada del vehículo.

Prohibido el uso de auriculares o teléfono móvil

Con el objetivo de evitar accidentes, la normativa de los patinetes eléctricos recoge la prohibición del uso de cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido. Tampoco se podrá usar el teléfono móvil. En ambos casos, la sanción será de 200 euros.

¿Es necesario llevar casco para ir en patinete eléctrico?

En la normativa de los patinetes eléctricos aprobada por la DGT no se contempla obligatoriedad de llevar casco, pero Tráfico estaría preparando una actualización de la norma para exigir este elemento de seguridad. Sin embargo, algunas ciudades sí exigen el uso del casco para conducir un patinete. Es el caso de Madrid, para los menores de 16 años, o Barcelona, en caso de que los patinetes compartidos. En Valencia es obligatorio para todos los usuarios y en Sevilla existe una situación similar.

¿Existe una edad mínima para conducir un patinete eléctrico?

La edad mínima para conducir un patinete eléctrico es otra cuestión que no está incluida en la normativa de la DGT, pero que sí contempla Tráfico introducir en una futura actualización. Como sucede con el casco, la edad mínima depende de la normativa de cada Ayuntamiento. Por norma general, se sitúa entre los 14 y 16 años. Esto no quiere decir que los menores de esta edad no puedan utilizar un patinete eléctrico, pero solo podrán hacerlo en espacios cerrados al tráfico, como plazas o parques, y bajo la responsabilidad de un adulto.

 

Ahora ya sabes todo lo necesario para circular seguro con tu patinete eléctrico. O si lo prefieres, puedes seguir circulando con tu coche de Buena mano. ¡Siempre respetando a todos los usuarios de la carretera!