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La movilidad es un derecho, no un lujo. Para muchas personas con discapacidad, disponer de un vehículo propio —adaptado o no— supone mucho más que comodidad: es autonomía, participación social y acceso a oportunidades.
Afortunadamente, hay numerosas ayudas públicas diseñadas para facilitar esta movilidad, incluyendo beneficios fiscales, reducciones de impuestos y descuentos en la compra de un vehículo. Si estás pensando en comprar un coche y cuentas con discapacidad, es importante que conozcas todos los recursos de los que dispones a tu alcance. Y no son pocos, como te descubriremos a continuación. Además, de siempre la opción más económica de comprar un coche de segunda mano.
Desde el descuento de IVA en coches para personas con discapacidad hasta las ayudas del Gobierno para coche con discapacidad, pasando por la exención de ciertos tributos, como el de matriculación o circulación. Ya tengas un 33 % de discapacidad reconocida o un grado superior, este artículo te guiará paso a paso para entender qué impuestos paga un coche para discapacitados y cómo acceder a estos beneficios en 2025. Porque tener un coche con discapacidad en 2025 no solo es posible, sino también más asequible de lo que crees.
¿Qué se considera una discapacidad reconocida para acceder a estas ayudas?
Para acceder a los beneficios fiscales, descuentos y ayudas a la hora de comprar un coche con discapacidad, es necesario contar con una discapacidad oficialmente reconocida por los servicios sociales competentes de tu comunidad autónoma o por el IMSERSO. El umbral clave es tener un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, ya que a partir de este porcentaje se tiene derecho a muchas de las ayudas previstas por la legislación española.
Este reconocimiento no se otorga de forma automática, sino tras una valoración médica, psicológica y social, realizada por un equipo técnico que determina el grado de discapacidad en función de las limitaciones que esta genera en la vida diaria. El porcentaje puede ir desde el 33 % hasta la totalidad del 100 %, y se refleja en un certificado oficial de discapacidad, que es el documento base para solicitar cualquier tipo de ayuda. Si quieres saber qué necesitas, sigue leyendo.
Documentación habitual necesaria para acceder a los beneficios
- Certificado oficial de discapacidad (igual o superior al 33 %).
- En algunos casos, también se exige que figure expresamente la necesidad de vehículo adaptado o movilidad reducida.
- Resolución del grado de discapacidad expedida por el órgano evaluador correspondiente.
- DNI o NIE del solicitante y, si aplica, del representante legal.
- En determinadas ayudas o exenciones, se puede requerir el certificado de empadronamiento o prueba de residencia.
- En caso de ser necesario, documentación que acredite la movilidad reducida, como el dictamen técnico facultativo.
Es importante tener en cuenta que no todas las ayudas requieren tener movilidad reducida reconocida, pero sí es un criterio que amplía el acceso a ciertos beneficios fiscales para personas con discapacidad en coche, especialmente cuando se trata de exención del impuesto de matriculación o uso de plazas reservadas.

¿Cuánto te descuentan al comprar un coche si tienes una discapacidad?
Si tienes una discapacidad reconocida, puedes acceder a importantes beneficios fiscales al adquirir un vehículo nuevo o adaptado. Estas ventajas no solo te reducen el precio final del coche, sino que también alivian los costes recurrentes asociados a su uso. A continuación, te detallamos los descuentos más comunes y ventajosos a los que puedes optar:
Exención del Impuesto de Matriculación
Este impuesto, que puede representar entre un 4,75 y un 14,75 % del valor del coche (según sus emisiones), queda totalmente exento si:
- Tienes una discapacidad reconocida igual o superior al 33 %.
- El vehículo se adquiere a tu nombre o al de un tutor legal.
- El coche no se vende en los cuatro años siguientes a su matriculación.
- Este beneficio es aplicable tanto a coches adaptados como no adaptados, siempre que se justifique que el vehículo está destinado al uso exclusivo de la persona con discapacidad.
Reducción del IVA al 4 %
Una de las ayudas más significativas es la reducción del IVA del 21 % al 4 % en la compra de vehículos nuevos. Para acceder a este descuento de IVA por discapacidad, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- Tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 % con movilidad reducida, o bien una discapacidad del 65 % o más, independientemente de la movilidad.
- El coche debe destinarse exclusivamente al uso personal del titular con discapacidad.
- Se aplica únicamente a vehículos nuevos adquiridos a través de concesionario.
- Solo puede utilizarse una vez cada cuatro años, salvo siniestro total del vehículo anterior.
Bonificaciones o exención del Impuesto de Circulación (IVTM)
Muchos ayuntamientos ofrecen exenciones totales o bonificaciones importantes en el impuesto de circulación para vehículos a nombre de personas con discapacidad. Las condiciones varían según el municipio, pero en general se requiere:
- Certificado de discapacidad (mínimo 33 %).
- Que el vehículo esté destinado al uso exclusivo del titular.
- Solicitud formal en el ayuntamiento correspondiente.
- Consulta con tu consistorio local, ya que en algunas ciudades la bonificación alcanza el 100 %.
Descuentos y subvenciones adicionales
Ayudas autonómicas o municipales para la compra de vehículos adaptados o transporte accesible. Pueden incluir subvenciones directas o deducciones adicionales.
- Ayuda del Plan MOVES (cuando esté vigente), que incluye incentivos a la compra de vehículos eléctricos o con etiqueta ECO, también para personas con discapacidad.
- Descuentos en seguros y peajes, ofrecidos por algunas aseguradoras o entidades de transporte a personas con discapacidad.
Estos beneficios fiscales para personas con discapacidad coche pueden suponer una rebaja de varios miles de euros en el coste total del vehículo. Por ello, es fundamental conocer bien los requisitos y hacer los trámites adecuados para no dejar pasar ninguna oportunidad.
¿Qué IVA paga una persona con discapacidad al comprar un coche?
En condiciones generales, cualquier comprador de un vehículo nuevo en España debe abonar un 21 % de IVA sobre el precio de venta. Sin embargo, las personas con discapacidad pueden beneficiarse de una importante reducción de este impuesto al 4 %, siempre que cumplan ciertos requisitos específicos establecidos por la legislación fiscal.
Esta reducción del IVA al 4 % no se aplica de forma automática, sino que está reservada a un perfil muy concreto de beneficiarios. Para empezar, el vehículo debe destinarse al uso exclusivo de la persona con discapacidad, y no puede utilizarse con fines comerciales ni cederse a terceros de manera habitual. Además, es obligatorio que el coche esté a nombre de la persona con discapacidad o de su representante legal, cuando esta no pueda figurar como titular.
Uno de los factores clave para acceder a esta rebaja es la existencia de movilidad reducida reconocida en la resolución oficial de discapacidad, salvo que el grado sea igual o superior al 65 %, en cuyo caso no se exige este criterio adicional. Otro punto importante es que la aplicación del IVA reducido está limitada a una compra cada cuatro años, salvo en casos de siniestro total, debidamente justificado.
La aplicación de este tipo impositivo debe gestionarse en el momento de la compra con el propio concesionario, quien suele encargarse de remitir la documentación necesaria a Hacienda como parte del proceso de facturación. Si se omite esta gestión y se abona el 21 % de IVA sin solicitar la reducción, no es posible reclamarla posteriormente, por lo que es fundamental prever este paso antes de cerrar la operación.
¿Qué ayudas ofrece el gobierno para comprar un coche con discapacidad?
Además de los beneficios fiscales, el gobierno —tanto a nivel estatal como autonómico— dispone de programas de ayudas económicas destinados a facilitar la compra de vehículos por parte de personas con discapacidad, especialmente cuando se trata de coches adaptados o con tecnología eficiente.
Plan MOVES: movilidad sostenible y accesible
El principal programa estatal vigente es el Plan MOVES, gestionado por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) en colaboración con las CC. AA. Aunque está dirigido a fomentar la adquisición de vehículos eléctricos o híbridos enchufables, las personas con discapacidad pueden beneficiarse de ayudas ampliadas si cumplen los criterios establecidos en cada convocatoria.
Estas ayudas pueden superar los 7.000 euros en vehículos eléctricos, con un extra si se achatarra un coche antiguo. En algunas ediciones, se han incorporado modulaciones específicas para personas con movilidad reducida o necesidades de adaptación. Además, suelen incluir ayudas para la instalación de puntos de recarga accesibles.
Para solicitarlas, es necesario:
- Presentar la solicitud a través del portal habilitado por la comunidad autónoma correspondiente.
- Aportar la factura proforma del vehículo.
- Acreditar el grado de discapacidad con la documentación requerida.
- Cumplir con los requisitos de eficiencia energética y antigüedad del vehículo antiguo (si se entrega a cambio).
- Las ayudas están sujetas a presupuesto y plazos de convocatoria, por lo que conviene informarse directamente en la web del IDAE o del gobierno autonómico.
Subvenciones autonómicas y locales para vehículos adaptados
Muchas comunidades autónomas disponen de sus propias líneas de subvención específicas para la compra o adaptación de vehículos destinados a personas con discapacidad. Estas ayudas pueden cubrir:
- Parte del coste de compra de un vehículo adaptado.
- Gastos derivados de la transformación o adaptación de mandos, accesos, rampas o anclajes.
- Apoyo al transporte adaptado en casos de dependencia reconocida.
Estas convocatorias suelen estar gestionadas por los servicios de bienestar social, empleo o igualdad de cada comunidad autónoma, y se publican periódicamente en los boletines oficiales. También algunos ayuntamientos, diputaciones o cabildos insulares ofrecen programas de movilidad inclusiva con ayudas complementarias.
Para solicitarlas, se requiere:
- Un proyecto o presupuesto detallado del vehículo o adaptación.
- Acreditación del grado de discapacidad.
- Justificación del uso previsto (personal o familiar).
- En algunos casos, informe de servicios sociales o médicos.
Estas ayudas son compatibles con los beneficios fiscales y se pueden combinar, siempre que no se supere el límite de financiación pública total permitido.
Solicitar las ayudas y beneficios fiscales: ¿Cómo se hace?
Acceder a los beneficios fiscales y ayudas para coche por discapacidad no es complicado, pero requiere cumplir ciertos pasos y presentar la documentación adecuada ante la administración correspondiente. A continuación, te explicamos cómo hacerlo según el tipo de ayuda que vayas a solicitar.
Exención del Impuesto de Matriculación (modelo 05 – AEAT)
Este trámite se realiza ante la Agencia Tributaria antes de matricular el coche. El procedimiento habitual es presentar el modelo 05 de la AEAT, que sirve para solicitar la no sujeción o exención del impuesto. Documentación necesaria:
- Certificado de discapacidad igual o superior al 33 %.
- DNI del solicitante.
- Ficha técnica del vehículo.
- Factura o precontrato de compraventa.
- Declaración de uso exclusivo del vehículo (puede requerirse una declaración responsable).
- Puedes presentar el modelo 05 de forma telemática con certificado digital o presencialmente en una delegación de la AEAT.
Enlace oficial: Sede electrónica de la AEAT – Modelo 05
Reducción del IVA al 4 % en la compra del vehículo
Este beneficio no se solicita directamente al Estado, sino que debe gestionarse a través del concesionario en el momento de la compra. Es imprescindible aportar la documentación en el momento de la formalización del contrato de compraventa, ya que no se puede aplicar retroactivamente. Documentación exigida para aplicar el IVA reducido:
- Certificado de discapacidad mayor o igual al 33 % con movilidad reducida, o mayor o igual al 65 % sin necesidad de movilidad reducida.
- Resolución de movilidad reducida (si aplica).
- Declaración firmada de uso exclusivo del vehículo por parte de la persona con discapacidad.
- Copia del DNI o NIE.
- Este descuento sólo se aplica a coches nuevos y únicamente puede utilizarse una vez cada cuatro años, salvo siniestro.
Exención o bonificación del Impuesto de Circulación (IVTM)
Este trámite se realiza en el ayuntamiento donde esté empadronada la persona con discapacidad. Cada consistorio tiene sus propios requisitos y plazos, pero en general se debe presentar:
- Certificado de discapacidad (mínimo 33 %).
- Fotocopia del permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.
- DNI del solicitante.
- Justificante de empadronamiento.
- Declaración de que el vehículo será de uso exclusivo de la persona con discapacidad.
Revisa la web de tu ayuntamiento o llama al servicio de atención ciudadana para confirmar los formularios y condiciones específicas. En la mayoría de municipios se debe renovar esta exención anualmente o confirmar que se mantiene la titularidad del vehículo.
Otras ayudas autonómicas o del Plan MOVES
Algunas comunidades autónomas ofrecen subvenciones directas para la compra de coches adaptados, así como ayudas complementarias al transporte. También puedes beneficiarte del Plan MOVES, si está activo en el año de compra, el cual contempla ayudas a la movilidad sostenible, incluidas personas con discapacidad.
Para solicitar estas ayudas deberás consultar la web oficial de tu comunidad autónoma o del IDAE (Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía) y seguir las bases específicas de la convocatoria.
La movilidad es un derecho fundamental, y gracias a las ayudas públicas, beneficios fiscales y subvenciones disponibles, comprar un coche con discapacidad en 2025 es más accesible que nunca. Conocer los requisitos, preparar la documentación adecuada y realizar los trámites a tiempo permite ahorrar miles de euros y mejorar significativamente la autonomía personal. Si cumples los criterios, no dejes pasar estas oportunidades.
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- n efecto retroactivo y, evidentemente, si se detecta antes de la compra, directamente no se aplicarán.



