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Madrid lleva ya unos cuantos años en plena revolución verde, y los coches de combustión interna están viendo cómo sus días de gloria en la capital empiezan a quedar atrás. Con unas normativas cada vez más estrictas, como el área de Madrid ZBE (Zona de Bajas Emisiones), el Ayuntamiento busca reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire para todos sus habitantes, unas restricciones que afectan sobre todo a los coches sin pegatina.
Desde la implantación de Madrid Central allá por 2019, las limitaciones para estos coches no han parado de acrecentarse. Bien, a partir de 2024, los vehículos de combustión sin etiqueta ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) tendrán cada vez más restricciones para circular en el centro y zonas delimitadas de la ciudad. Los coches que todavía se aferran a la gasolina o al diésel puro perderán terreno frente a las opciones híbridas, eléctricas y otros combustibles alternativos sin poder hacer nada para evitarlo.
Así que si te mueves en Madrid y tu coche aún echa humo, toca pensar en una alternativa más limpia… O preparar las piernas para caminar más y usar el transporte público. E incluso aquellos vehículos matriculados antes de 2006 en el caso de las motorizaciones diésel, o los gasolina anteriores al año 2000, con etiqueta medioambiental B, ya han quedado obsoletos en términos de eficiencia medioambiental de acuerdo a la última normativa. Esta última, por cierto, ha entrado en vigor el 1 de enero de 2025 y veremos en qué consiste.
¿Cuál es la nueva normativa de los coches con y sin etiqueta en Madrid?
Madrid sigue perfilando su plan para reducir la contaminación, y los vehículos sin etiqueta ambiental están en un punto crítico. Aunque se esperaba que a partir del 1 de enero de 2025 estos coches no pudieran circular por la ciudad, finalmente el Ayuntamiento ha concedido una moratoria para los empadronados en Madrid: podrán seguir circulando hasta finales de 2025 sin ser multados.
Sin embargo, los vehículos sin etiqueta no empadronados ya tienen prohibida la entrada a la capital desde enero de 2024. Esta moratoria no se aplica a las Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP) de Centro y Plaza Elíptica, donde los vehículos sin etiqueta serán sancionados con multas de 200 euros si circulan o aparcan allí. Además, se están considerando excepciones para ciertos casos específicos, como citas médicas no repetitivas, autónomos mayores de 59 años y retrasos en la entrega de vehículos nuevos.
Para los vehículos con etiquetas B y C, las restricciones son más laxas, pero se recomienda estar atentos a futuras normativas que podrían afectar su circulación en determinadas áreas de la metrópolis. Aunque los primeros todavía tienen permitido circular por la mayoría del término municipal, las restricciones comienzan a apretarse en las áreas más protegidas, en especial las secciones de las ZBEDEP, donde ya no podrán estacionar en la vía pública y se habilitarán restricciones adicionales en los accesos principales a la ciudad.
Fuera de estas áreas, siguen con libertad limitada, pero el mensaje está claro: los días de los vehículos con etiqueta B como reyes de la carretera madrileña están contados, estando casi al mismo nivel que aquellos sin etiqueta. Para quienes necesitan moverse entre Madrid y sus alrededores, el panorama es más relajado por ahora, pero el objetivo para 2030 es prohibir coches de combustión en el horizonte, y todos los conductores con etiqueta B y C deberían empezar a pensar en alternativas más ecológicas electrificadas.
¿Qué vehículos pueden circular en Madrid en 2025 sin etiqueta?
La Ordenanza de Movilidad Sostenible establece varios regímenes transitorios, racionales y proporcionales a las razones de interés general que motivan la creación de dicha ZBE en la búsqueda del cumplimiento de la normativa. Por ello, esta ha sido la evolución de todas las restricciones para los coches sin etiqueta en los últimos años:
- Desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2023 queda prohibido su acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y por la propia M-30.
- Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulación por todas las vías públicas y urbanas del municipio de Madrid.
Ahora bien, a partir del 1 de enero de 2025 solo podrán circular los siguientes vehículos con sin etiqueta medioambiental:
- Los vehículos para ser conducidos por o trasladar personas con movilidad reducida siempre que figuren de alta en el sistema de gestión de accesos a “Madrid Zona de Bajas Emisiones” y exhiban la respectiva tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
- Los que tengan reconocida la consideración de “coches históricos” conforme a la normativa correspondiente (Reglamento de vehículos históricos).
- Los vehículos de emergencias (extinción de incendios) y Fuerzas Armadas.
¿Pueden circular los coches sin etiqueta por la M30 y M40?
Como te imaginarás, si tienes un coche sin etiqueta ambiental, malas noticias: desde 2024 no se puede circular por el interior de la M30, y en 2025 tampoco podrás acceder al resto del término municipal de Madrid, ni siquiera para dar un paseo nostálgico por la periferia. Y en cuanto a la M40, aún es terreno libre para los sin etiqueta, pero no te confíes, pues no parece que sea algo que vaya a durar mucho.
En cuanto a los vehículos con etiqueta B, pueden respirar tranquilos… Al menos por ahora. De momento, pueden circular tanto por la M30 como por la M40, pero con restricciones crecientes en ciertas áreas como las ZBEDEP, donde no podrán estacionar en la vía pública, pero sí podrán acceder para aparcar en parkings subterráneos o privados. Incumplir esta normativa puede conllevar sanciones de hasta 200 euros teniendo en cuenta la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.