Algunos elementos como los cristales delanteros tintados o el uso de neones son accesorios prohibidos en los coches nuevos y coches de segunda mano y ocasión.
Hoy te vamos a contar qué extras no puedes llevar en tu coche a riesgo de ser multado por la DGT.
¿Puedo llevar los cristales tintados?
Lo primero que hay que señalar es que está prohibido llevar cristales tintados o coloreados sin homologar. Además, la superficie acristalada deberá permitir la visibilidad diáfana del conductor sobre la vía en la que circule.
Por tanto, queda prohibido llevar tintados los cristales de las ventanillas delanteras, tanto del conductor y del copiloto. Únicamente se podrán tintar las ventanillas de atrás y para ello el coche tendrá que tener dos espejos retrovisores.
- ¿Cuál es la multa por llevar los cristales delanteros tintados?
La multa de la DGT por llevar tintados los cristales delanteros puede ser de 200 euros.
- ¿Existe alguna excepción para los cristales delanteros tintados?
Solo hay una excepción que permite la DGT, que autoriza la colocación de cristales con rayos ultravioletas en las ventanas delanteras cuando los vehículos sean conducidos por enfermos de lupus. Para ello es necesario portar un certificado médico.
Si tienes dudas sobre el uso de los cristales tintados, en esta otra entrada resolvemos todas tus dudas:
¿Puedo llevar luces de neón en el coche?
La respuesta de la DGT es clara al respecto:
“Está prohibido instalar en los coches más luces que las autorizadas, prohibiéndose expresamente el uso de pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados”.
Por tanto, los neones están prohibidos en los coches.
- ¿Cuál es la multa por llevar los cristales delanteros tintados?
La multa de la DGT por llevar neones en el coche puede ser de 200 euros.
¿Son legales los detectores de radares?
En España, según la DGT, únicamente son legales los avisadores de radares. En otro artículo de nuestro blog te contamos cuáles son las mejores aplicaciones para el coche:
Los detectores y los inhibidores de radares están prohibidos. Estos dispositivos identifican los dispositivos fijos o móviles cuando captan las ondas.
Los detectores están prohibidos y llevarlos conlleva una multa de 200 euros y tres puntos del carné.
Los inhibidores también están prohibidos y se penaliza con la retirada de seis puntos en el carné y 6.000 euros de multa.
Accesorios que pueden ser ilegales en la ITV
Tu coche puede no pasar la ITV si llevas modificados algunos accesorios y no los homologas.
¿Cuáles son?
- Escapes: solo pueden cambiarse por otros similares, si pones uno que modifique la potencia o su sonoridad incurrirás en una prohibición
- Llantas y neumáticos: uno de los accesorios por los que la DGT te puede multar. Se pueden cambiar siempre y cuando se instalen unos de más o menos 3% de su diámetro original
- Faros: siempre de concesionario, de lo contrario necesitarás un certificado de homologación
- Bola de remolque: se homologa acudiendo a la ITV
- Volante: este accesorio puede ser ilegal en caso de que se modifique su diámetro
- Faros de xenón: si utilizas este accesorio, la DGT obliga a instalar un sistema automático de nivelación y de lavafaros que esté homologado
- Centralita de potencia: solo se pueden homologar las que tengan un certificado de la UE
Así que si quieres accesorios legales y originales para tu coche nuevo o de segunda mano y ocasión, ¡te recomendamos este otro post de nuestro blog!